Enseñanzas de Régimen Especial
Jun 30th, 2008 | By admin | Category: EDUCACIÓNSon enseñanzas de régimen especial las siguientes:
1. Las enseñanzas artísticas.
2. Las enseñanzas de idiomas.
LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad y garantiza la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño.
Música y Danza
Las enseñanzas de música y danza comprenden tres grados:
1. Grado elemental, de cuatro años de duración.
2. Grado medio, que se estructura en tres ciclos de dos cursos académicos de duración cada uno.
3. Grado superior, que comprende un solo ciclo cuya duración se determina en función de las características de estas enseñanzas.
Grado Elemental
Para el grado elemental de las enseñanzas de música y danza se establecen por parte de las Administraciones educativas criterios de ingreso que tienen en cuenta, entre otras circunstancias, la edad idónea para estas enseñanzas.
Grado Medio
Para acceder al grado medio de las enseñanzas de música y danza es preciso superar una prueba específica de acceso. La superación del tercer ciclo del grado medio de música o danza da derecho al título profesional de la enseñanza correspondiente.
Grado Superior
Se accederá al grado superior de las enseñanzas de música y danza si se reúnen los siguientes requisitos:
* Estar en posesión del título de Bachiller.
* Haber aprobado los estudios correspondientes al tercer ciclo de grado medio.
* Haber superado la prueba específica de acceso que establezca el Gobierno, en la cual deberá demostrar el aspirante los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.
Quienes han cursado satisfactoriamente el grado superior de dichas enseñanzas tienen derecho al título superior en la especialidad correspondiente, equivalente, a todos los efectos, al título de Licenciado Universitario.
Arte Dramático
Las enseñanzas de arte dramático comprenderán un solo grado de carácter superior, de duración adaptada a las características de estas enseñanzas. Para acceder a las enseñanzas de arte dramático es preciso:
* Estar en posesión del título de Bachiller.
* Haber superado la prueba específica que al efecto establezca el Gobierno y que valorará la madurez, los conocimientos y las aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
Quienes han superado las enseñanzas de arte dramático tienen derecho al título Superior de Arte Dramático, equivalente, a todos los efectos, al título de Licenciado Universitario.
Artes Plásticas y de Diseño
Las enseñanzas de las artes plásticas y de diseño comprenden estudios relacionados con las artes aplicadas, los oficios artísticos, el diseño de sus diversas modalidades y la conservación y restauración de bienes culturales.
Para acceder a los ciclos de grado medio propios de las enseñanzas de artes plásticas y diseño es necesario, además de estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, acreditar las aptitudes necesarias mediante la superación de las pruebas que se establezcan.
Pueden acceder a los ciclos de grado superior de estas enseñanzas quienes están en posesión del título de Bachiller y han superado las pruebas establecidas. Los estudios correspondientes a la especialidad de Conservación y Restauración de Bienes Culturales tienen la consideración de estudios superiores. Los alumnos que han superado dichos estudios obtienen el título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que es equivalente, a todos los efectos, al título de Diplomado Universitario.
Tienen la consideración de estudios superiores las enseñanzas de diseño. Al término de dichos estudios se otorga el título de Diseño en la especialidad correspondiente, que es equivalente, a todos los efectos, al título de Diplomado Universitario.
IDIOMAS
Las enseñanzas de idiomas se imparten en las Escuelas Oficiales. Para acceder a las enseñanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas es requisito imprescindible haber cursado el primer ciclo de la enseñanza secundaria obligatoria o estar en posesión del título de Graduado Escolar, del certificado de escolaridad o de estudios primarios.
INCORPORACIÓN DE ALUMNOS EXTRANJEROS AL RÉGIMEN PREUNIVERSITARIO
Convalidación
Los alumnos que deseen incorporarse a alguno de los seis cursos de la Educación Primaria o hasta tercero de Educación Secundaria Obligatoria, no deben realizar trámite alguno de convalidación de sus estudios. La incorporación la realiza el centro, de acuerdo con la edad exigida para cada curso.
Por el contrario deberán convalidar sus estudios ante el Ministerio de Educación español los alumnos procedentes de un sistema educativo extranjero que deseen incorporarse a 4º Educación Secundaria Obligatoria (de 15 a 16 años), a 1º Bachillerato (de 16-17 años) o a 2º Bachillerato de17-18 años).
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte

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